jueves, 4 de junio de 2009

NACIÓN MÁS FAVORECIDA

A breves rasgos este tipo de concepto parte de que si un país A miembro de la OMC, tiene contactos comerciales con otro país B también miembro, las medidas que este aplique a su socio comercial deben también favorecer todos sus socios comerciales, es decir que este país A debe tener medida iguales a un país B, C o D entre otros. Esta medida pretende una igualdad de condiciones en el proceso de comercio entre los países miembros de la OMC.
Esta clausula aparece en 1860, cuando se firma el tratado de Cobden-Chevalier entre Inglaterra y Francia, cuando se establece por primera vez dicha cláusula, estableciendo la extensión automática de cualquier mejor tratamiento que se concederá o ya se ha concedido a una parte a todas las demás partes en un acuerdo de comercio internacional.
El principio de la NMF se aplica también si el Estado miembro tiene un acuerdo con otro país que no sea miembro de la OMC, en la que establecería arancele máximos a los países mibros de la OMC.
Cabe señalar que la norma de la NMF se aplica incondicionalmente, a pesar de que existen excepciones. Las tres excepciones más importantes son:
• Las Zonas de Libre Comercio (Free Trade Area) que son acuerdos entre países por los cuales a las exportaciones se les deja de imponer arancel alguno (un ejemplo es la NAFTA entre EEUU, México y Canadá).

• Las Uniones Aduaneras (Custom Union) que son zonas de libre comercio pero dónde los países no sólo dejan de imponer aranceles a las exportaciones entre éstos sino que además adoptan aranceles comunes para las importaciones de países terceros (el ejemplo más conocido es la UE).

• Los acuerdos de trato preferencial que son acuerdos entre países industrializados y en desarrollo por los cuales los primeros dan un trato arancelario preferencial (es decir, aranceles inferiores) a los segundos.

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